
Con la sanción de una Ordenanza, el cuerpo deliberativo dispuso crear el Fondo de Ayuda a Asociaciones y Organizaciones No Gubernamentales (O.N.G) de rescatistas voluntarios que desempeñen sus actividades con sede en la ciudad de Salta. La iniciativa elaborada por el concejal Guillermo Kripper (UPS) tiene por objeto subsidiar a los cuerpos de rescatistas registrados a fin de colaborar con su funcionamiento. En el texto se prevé además la Autoridad de Aplicación y sus competencias, las obligaciones y requisitos de los beneficiarios, y que la partida presupuestaria del Fondo estará constituida por setenta y cinco mil Unidades Tributarias (75.000 U.T.).
El concejal Kripper, durante su alocución, puso en valor el trabajo que llevan adelante los cuerpos de rescatistas voluntarios, haciendo mención a algunas de las acciones que desarrollan en la ciudad como: contribuir con organismos provinciales y municipales vinculados a la protección civil, la búsqueda de personas, capacitaciones en simulacros, entre otros. A lo que agregó: “Estos héroes necesitan combustible para trasladarse, equipamiento, trajes especiales, todo eso tiene un costo, y los solventan con su plata, rifas o colectas voluntarias. Hoy podemos cambiar esa realidad y brindarles un apoyo”.
En cuanto a la Autoridad de Aplicación, el texto consigna que será la Secretaría de Protección Ciudadana de la Municipalidad de la ciudad de Salta o el organismo que en el futuro la reemplace. Área que deberá crear el Registro de Asociaciones y Organizaciones No Gubernamentales (O.N.G) de rescatistas voluntarios.
Sobre los requisitos para acceder al Fondo, el articulado establece que serán los siguientes: estar inscripto en el Registro de Asociaciones y Organizaciones No Gubernamentales (O.N.G) de rescatistas voluntarios; presentar un informe trimestral detallando las acciones realizadas; vigencia legal y estatutaria, debiendo presentar la actualización cuando la Autoridad de Aplicación lo solicite; y contar con la certificación técnica correspondiente emitida por la Autoridad de Aplicación. El área también deberá certificar el cumplimiento de todos los requisitos técnicos, profesionales, legales y de actividades que realicen los cuerpos de rescate voluntarios para acceder a la ayuda del Fondo destinado a esas instituciones.
Mientras que en relación a las obligaciones de las entidades que accedan al beneficio, se detalla que será la de utilizarlo conforme a las incumbencias y lo que determina la legislación vigente, quedando expresamente excluidos los gastos de representación, homenajes, salarios y viáticos de los Directivos de la Administración y demás gastos análogos. Además, se contempla que las asociaciones y O.N.G. de rescatistas voluntarios tendrán la obligación de rendir cuenta del subsidio recibido acorde a la normativa y al procedimiento que se establezca.
En otro de los apartados se señala que la Autoridad de Aplicación distribuirá los recursos que conformen el fondo, según los criterios técnicos y de la actividad realizada por cada cuerpo de rescate voluntario, tomando como exigencia indispensable el cumplimiento de los requisitos dispuestos y demás condiciones que establezca. En el texto se prevé además que, en caso que se verifique incumplimientos administrativos o anomalías operativas por parte de alguna de las asociaciones y O.N.G. de rescatistas voluntarios con posterioridad a la asignación de recursos del fondo, se suspenderá la entrega del beneficio, sin perjuicio de iniciar acciones legales.
Finalmente se consigna que el Departamento Ejecutivo Municipal, determinará la partida presupuestaria del Fondo la que estará constituida por setenta y cinco mil Unidades Tributarias (75.000 U.T.). Esto conforme se establezca en la Ordenanza anual de Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos a partir del año 2.023.
Durante el tratamiento de la propuesta, la edila Agustina Álvarez Eichele (JC+) sostuvo que el Proyecto viene a dar una respuesta a una necesidad “que desde el Concejo Deliberante venimos advirtiendo en materia de prevención”.