Su implementación será de manera paulatina y progresiva
Incorporan el servicio gratuito opcional de cremación para personas carentes de recursos

A instancias del concejal Juan Pablo Linares (VPS) fue sancionada en la fecha una Ordenanza mediante la cual se incorpora en el ámbito municipal el servicio gratuito opcional de cremación para personas carentes de recursos. El que funcionará en el ámbito de la Dirección de Servicios Fúnebres dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de la ciudad de Salta. La norma establece su implementación de manera paulatina y progresiva, en función de la capacidad operativa y presupuestaria del Departamento Ejecutivo Municipal, y fija los requisitos para acceder al servicio.

Al referirse a su propuesta, Linares indicó que el Proyecto busca fortalecer la asistencia municipal a las personas sin recursos económicos que enfrentan “una de las etapas más duras de la vida, que es perder a un ser querido”. Resaltó en su alocución que el objetivo de la iniciativa es que “el Ejecutivo, dentro de sus posibilidades y de manera progresiva, otorgue al vecino la opción de acceder a una despedida digna a través de la cremación”. Asimismo, Linares destacó la labor que realiza la Dirección de Servicios Fúnebres, garantizando un acceso más transparente y repotenciando los servicios fúnebres municipales mediante la recuperación de capillas ardientes, salas velatorias y vehículos utilitarios específicos.

El texto determina que podrán acceder al servicio de cremación gratuita todas aquellas personas que acrediten lo siguiente: haber utilizado el servicio básico de sepelio, brindado por la Municipalidad de la ciudad de Salta; contar con certificado de carencia de recursos emitido por la autoridad competente; presentar certificado de defunción expedido por el organismo correspondiente; acompañar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona fallecida y del solicitante con domicilio en el municipio capital; iniciar el trámite un pariente directo mayor de edad de la persona fallecida quien deberá presentar declaración jurada que dé conformidad al proceso; y presentar certificación negativa de Anses donde conste que no poseen obra social ni cobertura médica privada.

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