Con la publicación del llamado a concurso de antecedentes para cubrir los cargos
Se inició el proceso para cubrir los cargos de Defensor del Pueblo y Asesor Letrado de la Defensoría del Pueblo

Se inició en la fecha el proceso para la selección del Defensor del Pueblo y del secretario Letrado de la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Salta. Esto se concretó con la publicación del llamado a concurso de antecedentes para cubrir los mencionados cargos, en el marco de lo establecido por Resolución Nº 239/25 y en los términos de la Ordenanza N° 14.501.

El texto que se publica hoy y mañana en el Boletín Municipal, un diario de amplia circulación y la página Web del Concejo Deliberante, consigna la apertura del registro de los interesados por cinco días hábiles, desde el próximo 30 de junio, así como las condiciones para ser designados en los cargos. Además, se señala que las inscripciones deberán realizarse mediante nota dirigida a la Comisión de Defensor del Pueblo y presentadas por Mesa de Entrada del Concejo Deliberante, en avenida República del Líbano N° 990 de la ciudad de Salta, entre los días fijados, en el horario de 09.00 a 13.00.

Las condiciones para ser designado Defensor del Pueblo de la ciudad de Salta, conforme lo establecido en el artículo 5° de la Ordenanza N° 14.501, los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: ser ciudadano argentino y reunir las condiciones exigidas por el artículo 100 de la Constitución Provincial para ser senador; acreditar experiencia o actuación en la Administración Pública; haber residido de manera ininterrumpida en la ciudad de Salta durante los cinco (5) años inmediatos anteriores; y no poseer vínculo de parentesco por consanguinidad o afinidad en ambos casos hasta el segundo grado, ni conyugal, con concejales en ejercicio.

En tanto, para el cargo de secretario Letrado de la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Salta conforme lo previsto en el artículo 7° de la normativa mencionada, se requiere ser abogado con un mínimo de cinco (5) años de ejercicio profesional en la matrícula del Colegio de Abogados de Salta, además de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5° de la Ordenanza N° 14.501.

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