En virtud de la proximidad de las celebraciones de navidad y fin de año, el Concejo Deliberante de la ciudad de Salta recuerda a la comunidad que, mediante la Ordenanza N.º 15.546, se encuentra prohibida en el ámbito de la Municipalidad de Salta la tenencia, el uso, la detonación y la comercialización o venta al público, tanto mayorista como minorista, de todo artificio de pirotecnia que provoque sonoridad.
La normativa tiene como objetivo proteger la salud y el bienestar de los vecinos y promover festejos responsables, especialmente en resguardo de personas con trastornos del espectro autista (TEA), adultos mayores, niños y mascotas.

En la norma se establece que los artificios pirotécnicos permitidos en el ámbito municipal solo podrán ser comercializados a personas mayores de 18 años, siendo responsabilidad del comerciante verificar previamente el cumplimiento de dicho requisito. Asimismo, se prevé un régimen de sanciones para personas humanas o jurídicas que incumplan la Ordenanza, quienes deberán responder ante la autoridad municipal y afrontar penalidades económicas de acuerdo con la gravedad de la infracción. Las faltas que no cuenten con una sanción específica serán castigadas con multas de entre 1.000 y 10.000 UT. La venta callejera de pirotecnia será sancionada con el decomiso y destrucción del material, además de multas de 1.000 a 2.000 UT. En tanto, la comercialización en locales no habilitados implicará multas de 3.000 a 10.000 UT y la clausura del establecimiento. La venta de pirotecnia prohibida será sancionada con multas de 1.000 a 10.000 UT y clausura de uno a tres meses, con agravamiento en caso de reincidencia. Se consigna además que la instalación de locales o depósitos en lugares no autorizados, así como el incumplimiento de los requisitos exigidos, será penada con multas de 4.000 a 10.000 UT y la clausura del depósito.
Es preciso indicar que desde la Organización Mundial de la Salud (OMS) se elaboró una escala sobre los peligros que implican los ruidos en función de los decibeles y del tiempo de exposición, señalando que los sonidos impulsivos producidos por fuegos artificiales generan daño auditivo. El organismo internacional insta a los gobiernos locales a dictar leyes estrictas en materia de ruidos, y advierte sobre los perjuicios, en muchos casos irreversibles, que provocan los excesos sonoros, los cuales afectan la calidad de vida de las personas y aumentan los costos de atención sanitaria para la sociedad.
Asimismo, como parte de las acciones de concientización, la Municipalidad de Salta instaló en la Plazoleta IV Siglos una cabina sonora, en articulación con el Centro de Adopciones y el área de Discapacidad, con el objetivo de que los vecinos puedan experimentar los efectos que produce la pirotecnia sonora en personas con hipersensibilidad auditiva y en los animales, reforzando la importancia del cumplimiento de la normativa vigente y la adopción de conductas responsables durante celebraciones y eventos.



