Este domingo 1° de marzo de 2026, a horas 17:00, en el edificio del Concejo Deliberante de la ciudad de Salta, se dará inicio a las sesiones de la Convención Municipal que tiene a su cargo la reforma parcial de la Carta Municipal, conforme los temas habilitados. La convocatoria fue dispuesta mediante Decreto Municipal Nº 95/26, en virtud de lo dispuesto mediante Ordenanza N° 16.337, el Decreto Nº 30/25 del Poder Ejecutivo Provincial y los resultados de las elecciones de convencionales municipales realizadas el pasado 11 de mayo de 2025.

En los Considerandos del Decreto se consigna que fue la Ordenanza Nº 16.337 la que declaró la necesidad de la reforma parcial de la Carta Municipal. En la mencionada norma se encomendaba además al Ejecutivo Municipal realizar las gestiones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Provincial a efectos de convocar a la elección de los y las convencionales encargados de llevar adelante la reforma, conforme los temas habilitados. En cumplimiento de ello, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso la convocatoria para el 11 de mayo de 2025, oportunidad en la que se eligieron convencionales municipales titulares y suplentes. Posteriormente, el Tribunal Electoral de la Provincia procedió a la proclamación de los convencionales electos.
Asimismo, la Ordenanza N° 16.337 establece en su artículo 5° que la Convención Municipal se instalará para la realización de su cometido el 1 de marzo posterior a la elección. En este marco, y encontrándose conformado el Órgano Constituyente, el Intendente de la Municipalidad de Salta dictó el instrumento legal correspondiente invitando a los señores y señoras Convencionales Municipales electos a dar comienzo a las sesiones en el recinto del Concejo Deliberante, dando así inicio al proceso institucional de reforma parcial de la Carta Municipal.
Conforme lo establecido por la Ordenanza N° 16.337, la Convención Municipal estará conformada por veintiún convencionales y se instalará para el cumplimiento de su cometido el día primero de marzo posterior a la elección, extendiéndose su funcionamiento por el plazo de noventa (90) días corridos desde su instalación. Dicho término podrá prorrogarse por un máximo de treinta (30) días adicionales, siempre que así lo resuelvan las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros. La Convención dictará su propio reglamento interno y elegirá a sus autoridades. Los Convencionales Municipales proclamados desempeñarán sus funciones ad honorem durante el cumplimiento de sus mandatos. En cuanto a su funcionamiento administrativo, la estructura y el personal de la Convención Municipal serán los correspondientes al Concejo Deliberante de la ciudad de Salta.
Nómina de convencionales municipales
Los 21 convencionales municipales proclamados por el Tribunal Electoral de la Provincia, que integran la Convención Municipal encargada de llevar adelante la reforma parcial de la Carta Municipal de la ciudad de Salta, son: Gonzalo Guzmán Coraita (La Libertad Avanza), Estela María Fernanda Méndez Valero (La Libertad Avanza), Mónica Gabriela Juárez (Frente Unidos por Salta), Gino Donato Dimatteo Attaguile (La Libertad Avanza), Omar Exeni Arminana (Frente Vamos Salta), María del Socorro Alancay (La Libertad Avanza), Darío Héctor Madile (Frente Unidos por Salta), Santiago López Sola (La Libertad Avanza), Nadia Andrea Herrera Ailán (La Libertad Avanza), Mabel Cristina Gómez (Frente Vamos Salta), Constanza La Mata (Frente Unidos por Salta), Gabriel Osvaldo Barbito Zamana (La Libertad Avanza), Sonia Lourdes Serrano (La Libertad Avanza), César Rodrigo Monzo (Frente Unidos por Salta), José Ignacio Fadel Rubio (La Libertad Avanza), José Luis Napoleón Gambetta (Frente Vamos Salta), Adriana Soledad Herrera (La Libertad Avanza), Viviana Elizabeth Moreno (Frente Unidos por Salta), Jorge Daguer (La Libertad Avanza), Guadalupe Florencia Humano (La Libertad Avanza) y Carina Paola Iradi (Frente Vamos Salta).



