En la 3ª Sesión Plenaria
Reforman artículos vinculados al Tribunal Administrativo de Faltas y a los Centros Vecinales

En la 3ª Sesión Plenaria de la Convención Municipal se aprobó un dictamen que introduce modificaciones en el Capítulo VI de la Carta Municipal, referido al Tribunal Administrativo de Faltas, así como en el régimen de organización y funcionamiento de los Centros Vecinales, incorporando principios de transparencia, participación ciudadana, acceso a la información, modernización institucional y fortalecimiento de la gestión comunitaria.

En relación al Tribunal Administrativo de Faltas, la iniciativa modifica el artículo 69°, en relación a las inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo de Juez de Faltas, incluyendo la prohibición de desempeñar cargos electivos o funciones públicas en los tres niveles del Estado, con excepción de la docencia y la realización de mediaciones. También se fija la incompatibilidad con el ejercicio de la profesión de abogado. Asimismo, se ratifica el mecanismo de juicio político como forma de remoción, incorporando causales como mal desempeño, comisión de delitos, incapacidad física sobreviniente, retardo injustificado y reiterado de justicia y conducta incompatible con el decoro de la función, requiriéndose para la remoción el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante.

Por su parte, las modificaciones en el artículo 71° establecen lineamientos para la organización y funcionamiento del Tribunal Administrativo de Faltas, garantizando la participación ciudadana en la designación; concursos públicos para secretarios; un procedimiento de juzgamiento oral, público, transparente y gratuito; la implementación de nuevas tecnologías, la actuación unipersonal de los jueces, instancias de apelación y revisión judicial, y el carácter no recaudatorio del juzgado con aplicación del principio de interpretación más favorable al supuesto infractor.

Por otra parte, se incorpora una cláusula transitoria que establece que las disposiciones vinculadas a los Tribunales de Faltas entrarán en vigencia una vez cumplidas las adecuaciones normativas, orgánicas y administrativas correspondientes, en un plazo máximo de 12 meses desde la entrada en vigencia de la nueva Carta Municipal, sin afectar la estabilidad de los jueces y funcionarios actualmente designados.

En lo que respecta a los Centros Vecinales, la reforma incorpora modificaciones al artículo 76°, ampliando sus derechos. Se destacan la posibilidad de peticionar ante las autoridades, celebrar acuerdos entre sí y/o con el Municipio, acceder a asistencia técnica, participar con voz en Comisiones del Concejo Deliberante, acceder a información pública, colaborar en el control de obras y presentar propuestas de obras prioritarias para su zona en el marco del presupuesto municipal, además de intervenir en la gestión de Centros Integradores Comunitarios.

Asimismo, se establecen deberes vinculados a la organización democrática interna, la alternancia de autoridades y la publicidad de estatutos, nóminas y rendición de cuentas, garantizando su difusión a través de plataformas digitales de acceso público. La reforma también dispone la derogación de la Sección Segunda del Capítulo VII, incluyendo los artículos 77 y 78, y fija cláusulas transitorias que establecen un plazo de adecuación de 12 meses para la implementación de las nuevas disposiciones, sin afectar los mandatos vigentes de las autoridades de los Centros Vecinales hasta la finalización de sus períodos.

La convencional Guadalupe Humano (LLA), miembro informante del dictamen de mayoría, sostuvo que la iniciativa “busca modernizar y fortalecer dos pilares fundamentales de la vida municipal: el funcionamiento del Tribunal de Faltas y la participación real de los vecinos a través de los Centros Vecinales”. En ese marco, afirmó: “No estamos creando más burocracia, sino estableciendo reglas claras y mecanismos de control”. Durante su exposición, remarcó que uno de los objetivos de la propuesta es garantizar “un Tribunal de Faltas independiente, transparente, eficiente y más justo para el ciudadano”, señalando que el articulado incorpora incompatibilidades para evitar conflictos de intereses y asegurar imparcialidad. También destacó que el texto establece expresamente que “el Tribunal de Faltas no debe tener un fin recaudatorio”, indicando que las sanciones buscan ordenar la convivencia y garantizar el cumplimiento de las normas.

Por su parte, la convencional Carina Iradi (VS), miembro informante del dictamen de minoría, manifestó su acompañamiento a los mecanismos orientados a la transparencia, celeridad y modernización del Tribunal Administrativo de Faltas, aunque cuestionó aspectos del dictamen de mayoría por considerar que se avanzó sobre materias no habilitadas para la reforma, particularmente en lo referido a la designación de jueces de faltas. Asimismo, sostuvo que desde su espacio se proponía un mecanismo más ágil de remoción y un tribunal de alzada más austero, evitando mayores erogaciones y priorizando el principio pro administrado. En relación a los Centros Vecinales, expresó coincidencias en materia de transparencia, participación y elecciones democráticas, aunque propuso ampliar la participación vecinal individual en decisiones vinculadas a obras y necesidades barriales.

También tomaron la palabra los convencionales Santiago López Solá, Gonzalo Guzmán Coraita, Sonia Serrano y Nadia Herrera (todos de LLA), quienes se manifestaron a favor del dictamen de mayoría. En tanto, Darío Madile, Mónica Juárez, Viviana Moreno (todos de US) y Napoleón Gambeta (VS) expresaron su acompañamiento al dictamen de minoría. La iniciativa finalmente se aprobó con el voto de los convencionales de La Libertad Avanza.

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